viernes, 8 de agosto de 2008

Aguafuerte - La provincialización del Chaco

Por Francisco Tete Romero
Nuestra aguafuerte de hoy gira en torno de la provincialización del Chaco, enfocada como un proceso histórico-político complejo y poco profundizado, y en el que el 8 de agosto de 1951, fecha en que se promulgó la ley, es sólo un momento de ese proceso, largo, por cierto, de búsqueda y conquista del ejercicio de ciudadanía política de los habitantes del entonces territorio nacional del Chaco. Y para abordar la comprensión de ese proceso, vamos a hacernos dos preguntas: Primero, ¿cuáles son las razones de la larga persistencia, por más de 70 años, del territorio como entidad política y administrativa –del nuestro y del resto de los territorios nacionales-, y por ende, de la restricción de los derechos políticos de sus habitantes? Y segundo, ¿por qué se produjo la provincialización del Chaco en 1951 y cómo se llegó a ella?
Para contestar tales preguntas vamos a seguir los estudios de dos intelectuales chaqueños, los profesores Marcos Altamirano y María Silvia Leoni, y de una destacada investigadora rosarina, Martha Ruffini.
El Chaco había sido el primero de los territorios nacionales (creado en 1872). Y en 1884 se produce la creación por parte del Estado Argentino de las nueve gobernaciones conocidas como “Territorios Nacionales”. Ésta constituye una solución parcial, provisoria, presentada como transitoria, para incorporar definitivamente al país espacios que representan en extensión la mitad de la Argentina y cuya pertenencia y límites no estaban asegurados. Pero en la práctica se tradujo en la coexistencia, en un mismo país, y por siete décadas, de realidades políticas profundamente diferentes. Por un lado, las que gozaban de autonomía y de derechos políticos de ciudadanía. Por otro, las de los territorios nacionales, cuyos habitantes no podían participar de las elecciones nacionales, es decir, elegir presidente, y en el plano local, ni gobernador del territorio. Los territorios nacionales, entonces, estrechamente dependientes del poder central, con autoridades carentes de autonomía funcional y presupuestaria –directamente elegidos por el ejecutivo nacional–, y con personas con derechos políticos muy restringidos, se diferencian mucho de la organización provincial autónoma del sistema republicano y federal argentino.
Este estado de derecho, profundamente desigual, se mantuvo básicamente, a pesar de reformas que se le hicieron, hasta principios de la década del 50. Se trató de “un republicanismo tutelado”.
En cuanto a los argumentos que se esgrimían para denegar la provincialización, éstos carecen de toda consistencia, dado que los principales obstáculos, según la ley de territorios, que giraban en función de la cantidad de población (30 mil habitantes para la instalación de legislaturas y 60 mil para la provincialización), fueron tempranamente superados por el Chaco (y también por La Pampa, Misiones, Río Negro y Formosa) y desde 1916 en el caso de la Pampa y desde 1922 en nuestro caso, se habían presentado y se siguió haciéndolo, proyectos para lograr el status de provincia.
La respuesta a esta realidad de desigualdad manifiesta hay que encontrarla en el modelo político conservador y de paradigma económico liberal que rigió el país entre la década del 80 del diecinueve y mediados de los 40, en el veinte. Se trata de razones políticas las que explican por qué la mitad del país y de sus habitantes seguían sin ser autónoma ni habitada por ciudadanos plenos.
Valga como ejemplo, que cuando el presidente Hipólito Irigoyen presentó un proyecto de ley para la provincialización del Chaco, en 1922, el Congreso, mayoritariamente manejado por los conservadores –los creadores del fraude patriótico– no se lo aprobaron. E incluso, antes y después de ese fallido intento, tampoco aprobaban la creación de legislaturas y la figura del delegado parlamentario.
En el Chaco, a partir de 1918 aparecen movimientos que piden la ampliación de los derechos cívicos de los habitantes. Un papel central en la gestación de esos movimientos y asociaciones lo juegan los periódicos y sus periodistas. Pero en la década del 20 no hubo manifestaciones locales que apoyaran los proyectos de provincialización, a excepción de adherentes locales al radicalismo, pero sin mayor entusiasmo. Dos eran los argumentos básicos del por qué no a la provincialización: uno de carácter económico, porque se planteaban que se perderían las ventajas para el desarrollo de la producción y el otro, político, porque se planteaba que faltaba formación cívica.
¿Qué se reclamaba? Delegados territoriales al Congreso y designación de un gobernador local.
En la década infame del 30, el conservadurismo en el poder se muestra abiertamente en contra de la provincialización. Sin embargo, crece en los territorios la demanda de participación política y el periodismo recoge esa demanda. Y surgen espacios y agrupaciones sociales multisectoriales que encabezan esos reclamos. Y aparecen el Partido Provincialista de Charata y la Unión Provincialista de Puerto Bermejo.
Se destaca, en especial, la figura de Juan Ramón Lestani, que en 1940 preside al Junta Provincialista del Chaco.
Pero en el Chaco, a pesar de todos estos antecedentes, la lucha por la provincialización fue discontinua y no terminaba de contar con el grado necesario de consenso como para convertirse en necesidad central.
Por eso la explicación del por qué fue consagrada como ley, hay que buscarla en la irrupción del peronismo en la vida nacional.
En primer lugar, porque los rasgos constitutivos de lo que dio en llamarse el populismo en América Latina –y al peronismo hoy se lo estudia como tal- fueron la expansión de los derechos de ciudadanía y la democratización social y política, como intento de respuesta a la problemática de la integración y la acumulación económica en nuestros países. Desde su primera plataforma y en el Primer Plan Quinquenal se establece el proyecto de provincialización progresivo de los territorios.
El primer avance significativo en cuanto a los derechos políticos de los territorianos se plasmó en la Constitución del 49, que los habilitaba para elegir presidente y vice.
La intervención estatal, precisamente, fue clave en dicho proceso para la integración e inclusión gradual de los espacios territoriales. Y en ello está el aporte sustantivo y en sus desviaciones, el germen de sus errores, sobre todo a partir del segundo gobierno de Perón, cuando frente a las dificultades políticas y económicas –y los primeros alzamientos militares– se exacerbaron los rasgos autoritarios que restringieron las libertades públicas, tan presentes desde siempre, como sus innegables virtudes. Ese carácter tan contradictorio y dinámico que lo convierten en el movimiento político de masas más complejo de América Latina, es por un lado, uno de los obstáculos, para interpretar cabalmente y en su justa medida, sus grandes contribuciones al país. Pero también, es una fácil coartada, para quienes no tienen voluntad para reconocerlas y se limitan, simplistamente a descalificarlo.
En segundo lugar, no puede entenderse el 8 de agosto de 1951, sin el conocimiento de la campaña que tanto los gremios y la delegación de la CGT realizaron a favor de la provincialización, a partir de 1946, apoyados decisivamente por Eva Perón, realidad respaldada por un notable desarrollo económico y demográfico del Chaco.
Pero el trámite no fue nada sencillo y el proyecto presentado el 27 de junio del 51 fue objetado en especial en Cámara de Diputados. El 8 de agosto se promulga la ley. Tanto a nivel nacional como provincial las aguas estaban divididas, y la oposición descalificó ese hecho como netamente electoralista. Pero no pudo explicar por qué en 70 años de historia, no había podido ni debatir seriamente un problema que afectaba a la mitad de la Argentina, ni mucho menos resolverlo de cara a las demandas reales.
Pero éste era sólo un paso, importante sí pero el primero de nuestro proceso de institucionalización para convertirnos en provincia. Le siguió la elección de constituyentes, y al mismo tiempo, la primera elección nacional en que participaban nuestros ciudadanos, la del 51 (la totalidad de los constituyentes fueron peronistas, por el sistema uninominal adoptado), 8 representaban al sector gremial y 7 al político.
La labor de la Convención, presidida por Julio Franco de Nicola fue breve. La constitución se basó en la del 49 e introducía una novedad en la historia constitucional argentina, desde su preámbulo: “Nos los representantes del Pueblo trabajador...” Como aspectos relevantes, muy positivos, definía, entre muchos aportes de valía, la función social del capital, del trabajo, la justicia social y consagraba los derechos de los trabajadores, como luego no volvió a hacerse. Como aspectos polémicos y/ o censurables, la provincia pasó a denominarse Eva Perón, el gobernador designaba al intendente de Resistencia y en los demás municipios, para ser candidato a concejal, se debía pertenecer a una asociación profesional; y se establecía el doble voto sindical para la elección de legisladores. Es decir, históricos avances en justicia social coexistiendo con rasgos corporativos fuertes.
La Constitución fue rechazada de plano por radicales y socialistas (y tras el derrocamiento de Perón, dos años después, luego de una nueva constituyente, se la reemplazó en 1957). Estos dos partidos se abstuvieron de participar en las elecciones del 53, llevadas a cabo el 12 de abril de 1953, que ganara Felipe Gallardo (representante del sector gremial) y Deolindo Felipe Bittel (por el sector político). Gallardo, que fuera canillita y obrero ferroviario, llevó a cabo en dos años el mejor gobierno que recuerda la historia del Chaco. La revolución libertadora del 55 demostró en los hechos, que no venía para corregir los errores del peronismo, sino para suprimir sobre todo sus conquistas sociales e instaurar el verdadero autoritarismo y supresión de las libertades civiles.
Los obstáculos para que territorios como era el Chaco no fueran provincias ni sus habitantes ciudadanos plenos, y los problemas de nuestro desarrollo posterior, son como no podía ser de otra manera en nuestra historia nacional, el viejo y no resuelto problema de la desigual distribución de la riqueza-renta nacional, porque el sistema republicano federal es todavía un largo sueño. Pero no es menos cierto que la utopía del cumplimiento básico de la constitución provincial por parte de las autoridades provinciales, hace unos pocos meses, mera quimera, empieza a ser una promisoria realidad. Convertir ese sueño y esa utopía en realidades concretas y horizontes de posibilidad firmes son hoy nuestro imperativo ético y político ciudadano.

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